Conozca los cambios fiscales aprobados para el 2021

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Cada año las leyes en materia fiscal sufren una serie de modificaciones que tienen que ser aprobadas por los legisladores y que, a su vez, deben ser conocidas por los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma.

La semana pasada los legisladores aprobaron el paquete fiscal para el 2021, el cual está compuesto por la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), la Miscelánea Fiscal y la Ley Federal de Derechos (LFD), los cuales traen cambios respecto a diversos.

“En México hay un problema. No existe una cultura del contribuyente. Normalmente la gente no es previsora, los mexicanos no acostumbramos a prever, sino a corregir. Todos deben asesorarse y estar al pendiente con sus contadores, o abogados fiscalistas, sobre la aprobación de este paquete”, señaló Isaac Ibarra Barajas, director y fundador del despacho Ibarra Barajas.

Por ejemplo, en la LIF el gobierno expone todos los ingresos que prevé para el año en cuestión y de dónde los va a conseguir: del pago de impuestos, aprovechamientos, ingresos petroleros, derechos y otras fuentes de financiamiento, además de exponer si hay cambios en el Código Fiscal de la Federación o la creación de nuevos impuestos.

En  el caso de la Miscelánea Fiscal, se exponen las modificaciones relativas a los diferentes impuestos que existen, como el IVA, ISR e IEPS, mientras que en la LFD se establecen las cuotas que se deben pagar por concepto de derechos.

“Todos los contribuyentes debemos enterarnos porque, sin estar conscientes, podemos cometer alguna falta u omisión que ahora tenga consecuencias”, advirtió Isaac Barajas.

Retención de ISR en ingresos por plataformas

Aquellos contribuyentes que generan ingresos a través de las plataformas digitales tendrán que revisar las nuevas tasas de retención de ISR que se aplicarán a partir del siguiente año.

En el caso de aquellos que prestan servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes o comida, como Uber, DiDi, Sin Delantal, Rappi y similares, la tasa de ISR pasa de 2.8% al 2.1 por ciento.

Para los que generan ingresos a través de plataformas de hospedaje, como Airbnb, la retención pasa de 5 a 4 por ciento. En tanto, para aquellos que enajenan bienes y prestan servicios a través de empresas como Mercado Libre, Amazon, Ebay, la tasa pasa de 2.4 a 1 por ciento.

Otra de las modificaciones aprobadas que si bien no aplica para quienes generan recursos o para el consumidor de estas plataformas, pero sí les afectaría en caso de llevarse a cabo, es el bloqueo temporal de aquellas plataformas digitales que no se den de alta ante el SAT y no cumplan con sus obligaciones fiscales.

Más facultades para el SAT

Para el siguiente año, los legisladores le otorgaron más facultades al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para ejercer actos de fiscalización y seguir con su labor de recaudar impuestos para solventar el gasto del gobierno, además de continuar con la lucha contra la evasión y elusión fiscal.

Por ejemplo, en el caso de la cancelación de los sellos digitales, el contribuyente tendrá hasta 10 días para presentar su aclaración cuando el fisco le dé aviso sobre la irregularidad y, en caso de no hacerlo, el SAT podrá cancelar el sello.

En cuanto a las devoluciones, el SAT ahora solicitará que el contribuyente confirme su domicilio fiscal y, en caso de que no sea confirmado o no sea localizable, la autoridad fiscal podrá cancelar el saldo a favor.

También hubo cambios respecto a los llamados acuerdos conclusivos, ya que ahora el contribuyente tendrá hasta 20 días para solicitar alguno después de que su auditoría haya concluido y tenga diferencias con el fisco.

Asimismo, se aprobó una modificación para que el fisco realice embargos precautorios a las cuentas de terceros que no colaboren en la fiscalización que se haga a un contribuyente que es deudor, es decir, se podría embargar las cuentas de clientes, proveedores o empleados de algún causante deudor.

Respecto al tema de donatarias autorizadas, el SAT ahora podrá retirar la autorización a aquellas que obtengan más de 50% de sus ingresos de actividades diferentes a sus donativos. Además de afectar a las donatarias, este tema puede repercutir en el bolsillo del contribuyente que realizó alguna donación en una organización cuyo permiso fue retirado ya que no podrá hacer deducible dicho dinero.

Pasaportes, con modificaciones

Otras modificaciones son las aprobadas en la LFD donde se incrementa el costo de los pasaportes de emergencia en 30% ya que “refleja el costo real de la prestación del servicio al otorgarse en un tiempo mucho menor, con lo que se alcanza un balance entre la emergencia y el costo que implica para el Estado la atención del solicitante”.

ana.martinez@eleconomista.mx

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